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ℹ️ ¿Qué es una disolución de condominio?
Es el acto por el que los copropietarios de un bien ponen fin a la situación de propiedad compartida. Un copropietario se queda con la totalidad del bien y, si su cuota era inferior al 100%, compensa económicamente al resto. Fiscalmente es más ventajosa que una compraventa: tributa por AJD, no por ITP.
👥 Copropietarios actuales
Incluya todos los propietarios actuales del bien, con su cuota de participación.
🏠 Bien objeto de la disolución
⚠️ Bien con hipoteca — Subrogación o cancelación
Si el bien tiene hipoteca, el adjudicatario normalmente se subroga en la deuda hipotecaria (la asume él solo). El banco debe aceptar la subrogación. Si no la acepta, puede ser necesario cancelar la hipoteca antes de disolver o negociar con la entidad. Su notaría le orientará sobre las opciones.
⚖️ ¿Quién se queda el bien y cómo se compensa?
ℹ️ La compensación — AJD vs ITP
La disolución de condominio tributa por AJD (Actos Jurídicos Documentados) sobre el valor total del bien, con un tipo muy inferior al ITP de una compraventa. Sin embargo, si la compensación supera el valor de la cuota cedida (exceso de adjudicación), esa diferencia puede tributar adicionalmente. Su notaría y asesor fiscal le indicarán el importe exacto.
⚠️ Disolución sin compensación
Si el copropietario cede su cuota sin recibir nada a cambio, puede tener la consideración de donación, con las implicaciones fiscales que ello conlleva (ISD a cargo del que recibe). Su notaría y asesor fiscal verificarán el tratamiento correcto según las circunstancias.
📝 Información adicional
📋 Resumen del expediente
📎 Documentación que deberá aportar
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✅ Documento descargado
Adjunte el archivo Word en su respuesta al email de la notaría.